Documentos necesarios para viajar a Costa Rica

Infórmate de los trámites necesarios en cuanto a pasaporte, visado y otros documentos para viajar a Costa Rica

Documentos necesarios para viajar a Costa Rica

Para entrar en Costa Rica es necesario cumplir algunos requisitos.

Requisitos comunes para todos los turistas:

- Se requiere que demuestres tu solvencia económica, con un mínimo de 100 dólares americanos por mes de permanencia en el país.

- Todos los visitantes deben contar con el billete de salida del país o el plan de navegación en el que conste el puerto de destino.

Requisitos particulares según el país de origen:

- Para la entrada en Costa Rica existen las denominadas Directrices de Visas de Ingreso, mediante las que se establece, según la nacionalidad del turista, el tipo de visa que debe solicitar. Existen países que no requieren visa, otros que necesitan visa consular y un tercer grupo que requerirá visa restringida en virtud de los acuerdos y tratados internacionales vigentes.

Si tu país de origen es Estados Unidos, Canadá o eres ciudadano europeo, el único documento que necesitarás es el pasaporte en vigor. El tiempo máximo de  estancia permitido son 90 días,  que podrás prorrogar con una nueva visa de turista durante otros  90  días si abandonas el país durante un mínimo de 48 h. Asegúrate de que el funcionario de migración que examine tu pasaporte cuando ingreses en el país estampe en el mismo el correspondiente sello de entrada, ya que de lo contrario podrías tener problemas al salir del país.

Para una información más exhaustiva consulta las condiciones para tu país en el siguiente listado:

- No se requiere visa consular, solo un pasaporte con vigencia de 1 día.
  Periodo de permanencia en el país 90 días:

Alemania, Andorra, Argentina, Austria, Australia, Bahamas, Barbados, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Ciudad del Vaticano, Chile, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Principado de Mónaco, Puerto Rico, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Reino Unido e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea del Sur, Rumanía, Singapur, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago y Uruguay.

Las dependencias británicas, francesas, danesas, holandesas, noruegas, neozelandesas y estadounidenses reciben el mismo tratamiento.

Además, las personas que tengan visados válidos por tres meses en Estados Unidos, Canadá, Corea del Sur, Japón o la Unión Europea (o visa Schengen en el pasaporte), o tengan permisos legales (de residencia, de trabajo, de estudio o de refugiado) de dichos países, pueden entrar en Costa Rica sin visa consular.

- No se requiere o no se necesita visa consular, solo un pasaporte con vigencia de meses. Periodo de permanencia en el país 30 días (prorrogables a 90):
Antigua y Barbuda, Belice, Bolivia, Dominica, El Salvador, Filipinas, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Maldivas, Mauricio, Micronesia, Nauru, Palaos, Reino de Tonga, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Surinam, Tuvalu, Turquía, Vanuatu y Venezuela.
- se requiere visa consular:

Si eres ciudadano de un país que no aparece en el listado anterior necesitarás una visa consular al entrar en Costa Rica y un pasaporte vigente durante por lo menos 6 meses. Esta visa te permitirá una estancia de 30 días, prolongable a 90 días.

Para obtenerla deberás solicitarla de forma personal en el Consulado General de Costa Rica de tu país de origen o residencia, presentando los documentos físicos directamente o mediante medios digitales si estos estuvieran disponibles.

Para más información sobre el procedimientos puedes dirigirte a  la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica http://migracion.go.cr/extranjeros/visas.html

Para salir de Costa Rica se requiere otro tipo de requisitos que se detallarán a continuación.

En Costa Rica existe un impuesto de salida del país que deben pagar todas las personas que abandonen su territorio, tanto por vía aérea como por vía terrestre, en cualquiera de sus puestos fronterizos.

La tarifa de salida del territorio nacional por vía aérea es de 29 $ (27 $ por la salida y 2 $ por concepto de servicios de escaneo e inspección). En la actualidad, es la tasa más baja de este tipo de impuestos en Centroamérica.

Algunas compañías aéreas tienen incluido el importe del impuesto en el precio final del billete. Comprueba si este es el caso de tu compañía y así podrás ahorrarte el trámite:

http://fly2sanjose.com/es/antes-de-viajar/inclusion-de-impuestos-de-salida/

Si tu billete aéreo no incluye este importe podrás pagar el impuesto en efectivo (en colones al tipo de cambio de venta establecido por el Banco Central de Costa Rica, dólares estadounidenses o  cualquier otra moneda que acepte el ente encargado de la recaudación), mediante cheque, siempre y cuando sea del mismo ente recaudador o cheque certificado de cualquier otra entidad bancaria o, también, con tarjeta de crédito o débito.

Existe una red de establecimientos de red de pago afiliados, que incluye bancos, hoteles y agencias de viajes. Algunas de estas entidades permiten el pago on-line https://www.coimsacr.com/Recaudadores.aspx.

También encontrás puestos de cobro en los aeropuertos que realicen vuelos internacionales. Se te entregará un comprobante individual de pago en el momento en el que lo realices.

La tarifa del impuesto de salida por vía terrestre asciende a 7 $ estadounidenses. Podrás pagar en las agencias, sucursales y puestos que al efecto disponga el ente recaudador autorizado (Bancrédito), mediante los  mismos medios de pago que en el caso de salida aérea. También puedes realizar el pago en los cajeros automáticos,  ubicados en los puestos fronterizos terrestres de Paso Canoas, Río Sereno-Sabalito, Sixaola y Peñas Bancas, mediante el uso de tarjeta de crédito o débito.

¿Qué datos son necesarios saber antes de viajar a Costa Rica?

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